La actual legislación abre espacios a la arbitrariedad y al chantaje, advirtió.
Si bien un país no puede sobrevivir sin la recolección de impuestos, el hecho de que la regulación en la materia sea deficiente o poco entendible en México trae consigo graves consecuencias, tanto para la recaudación fiscal como para la política penal. Lo anterior fue señalado por el especialista en derecho penal tributario Juan Carlos Ferré al referirse al contexto mexicano.
Al dictar la conferencia magistral “La responsabilidad tributaria. Consecuencias penales”, en la Sala de Seminarios del INACIPE, el Decano de la Universidad de Huelva, España, habló sobre la importancia de tener leyes claras que regulen los delitos contra el fisco.
“Los derechos tributarios en México están regulados desde el Código Penal Federal y requieren una importante reflexión. Hay un choque de intereses entre el derecho tributario, que solo quiere recaudar más dinero, y el derecho penal que no sigue esos objetivos, sino que quiere generar condenas que sirvan de modo preventivo”, afirmó Ferré.
De esta forma, es imprescindible que cuando se trate de un delito tributario que conlleve una responsabilidad penal, se pueda sancionar al defraudador sea quien sea. Es decir, que los castigos penales no puedan conmutarse a sanciones administrativas que impliquen el pago de multas.
“Estos delitos están muy maltratados en el sistema federal mexicano. El cómo se persigue a los defraudadores fiscales es el punto de partida para el análisis porque es necesario que exista un mecanismo de garantías penales aplicable para todos. El sistema mexicano es poco propicio y debe ser profundamente reformado si se quiere perseguir con seriedad el fraude fiscal”, explicó el especialista ante la comunidad INACIPE.
En algunos países, dijo, se exige una cuantía mínima para hablar de responsabilidad penal; mientras que en otros países como México, no. Dicha circunstancia ofrece un espacio a la arbitrariedad, porque, de acuerdo con Ferré, queda en la interpretación de los agentes de investigación, decidir si la conducta es o no una ofensa penal. “Es una posición muy abierta al chantaje”, afirmó.
“Creo que en México pueden hacerse muchas cosas. El país está en un momento en el que puede reformar estos instrumentos para hacerlos más efectivos, sin olvidar que se trata en muchos casos de una ofensa penal que no puede o no debe intercambiarse por condenas administrativas”, concluyó el catedrático.
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