- Al no obtener el 3% de la votación válida emitida en la última elección, Vía Radical pierde todos los derechos y prerrogativas; además se ordenó el inicio del procedimiento de liquidación.
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) emitió la declaratoria de pérdida de registro del Partido Vía Radical como Partido Político Local, y también dio cumplimiento a una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México, confirmada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Durante la 1ª Sesión Extraordinaria, el Órgano Superior de Dirección del Instituto emitió la declaratoria de pérdida de registro del Partido Vía Radical como Partido Político Local, al no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las Elecciones de Diputaciones Locales o de integrantes de los Ayuntamientos del Proceso Electoral 2017-2018, celebradas el uno de julio de dos mil dieciocho en el Estado de México.
De acuerdo a la normatividad electoral, un requisito necesario para que un partido político pueda gozar de las prerrogativas y conservar su registro, es obtener al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la última elección en la que participe, circunstancia que no aconteció pues Vía Radical sólo obtuvo el 2.32% de la votación válida emitida en las elecciones del pasado 1 de julio.
Por lo que el Partido Político Local pierde todos los derechos y prerrogativas que establece a su favor la legislación electoral; y, además, se ordenó el inicio del procedimiento de liquidación del instituto político, en términos de lo previsto en el Código Electoral del Estado de México y el Reglamento para la Constitución, Registro y Liquidación de los Partidos Políticos Locales del IEEM.
En el acuerdo se establece que, Vía Radical, así como quienes hayan sido sus dirigentes, candidatas o candidatos, deberán cumplir las obligaciones en materia de fiscalización correspondientes al financiamiento público local que han recibido y el que reciban en sus diferentes modalidades al cierre del ejercicio fiscal 2018, hasta que los procedimientos respectivos y la liquidación de su patrimonio adquieran definitividad.
Por otra parte, el Consejo General del Instituto aprobó el Acuerdo por el que se da cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México, en el Recurso de Apelación identificado con la clave RA/60/2018, confirmada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal con sede en Toluca, Estado de México, mediante ejecutoria recaída en el expediente ST-JRC-230/2018.
Cabe mencionar que durante la Sesión tomaron protesta de ley Alfredo Oropeza Méndez y Gabriel García Martínez como representante propietario y suplente, respectivamente, del Partido Acción Nacional y Efrén Ortiz Álvarez como representante propietario del Partido Nueva Alianza Estado de México ante el Consejo General del IEEM.